Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 30 jul 2015
1. Periódicamente se monitorizará la cobertura y suficiencia, así como la posible utilización inadecuada del acceso al sistema valenciano de salud.
2. Con la finalidad de evaluar el cumplimiento de los objetivos de este decreto ley, se creará una comisión mixta con representación de la Consellería con competencias en materia de sanidad y de las organizaciones sociales más representativas en defensa del derecho al acceso a la atención sanitaria universal. Esta comisión se reunirá al menos dos veces al año, elevando sus conclusiones a la referida Consellería.
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ProDOGV-r-2015-90519#disposicion-adicional-segunda