Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 18 dic 2015
El presente Decreto-Ley se dicta en ejecución de las competencias exclusivas previstas en los artículos 71.2.ª, 71.3.ª, 71.10.ª, 71.34.ª y 79.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2015-90619#disposicion-final-primera