Art. 1

En vigor desde 14 ene 2021
Se establece una ayuda extraordinaria, en forma de prestación económica de pago único, en las modalidades e importes establecidos en el artículo 2, destinada a las empresas, personas trabajadoras autónomas y entidades del sector del ocio educativo y de las actividades extraescolares, que tiene como finalidad favorecer la sostenibilidad económica del sector, que ha sufrido una reducción drástica e involuntaria de sus ingresos económicos o un incremento de los gastos como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19 y, en especial, de las nuevas medidas adoptadas por la Resolución SLT/1/2021, de 4 de enero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
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eli/es-ct/dl/2021/01/12/2#art-1

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