Capítulo CAPÍTULO 3
Art. Disposición final primera
En vigor desde 25 jun 2021
A los efectos de lo que establece el artículo 20.1, el departamento competente en materia de salud queda facultado para establecer un modelo específico de solicitud que será de uso obligatorio de conformidad con lo que establece el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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Proeli/es-ct/dl/2021/06/22/13#disposicion-final-primera