Capítulo CAPÍTULO 3

Art. 17

En vigor desde 25 jun 2021
Se crea el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para llevar a cabo la prestación de ayuda para morir de Cataluña, en cumplimiento del artículo 16 de la Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, del cual es titular el departamento competente en materia de salud.
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eli/es-ct/dl/2021/06/22/13#art-17

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