Capítulo CAPÍTULO III

Art. 13

En vigor desde 5 dic 2011
Sin perjuicio de las inspecciones y controles previstos por la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando así lo estime la Corporación Empresarial Pública de Aragón, el departamento de tutela o bien el departamento competente en materia de patrimonio, cualquier sociedad sujeta a esta norma podrá ser sometida a una auditoría interna.

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BOA-d-2011-90078#art-13

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