Capítulo CAPÍTULO V

Art. 35

En vigor desde 14 dic 2013
1. Corresponde al Gobierno de Aragón la aprobación de los requisitos generales de las medidas de fomento y promoción de contenido económico, que determinarán los elementos esenciales para su puesta en práctica y, en su caso, las bases reguladoras a las que se atendrá la convocatoria de las medidas que se autoricen. 2. Corresponde al consejero competente en materia de industria la regulación y el desarrollo de los restantes instrumentos de apoyo.

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2013-90259#art-35

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil