Capítulo CAPÍTULO 5Secc. Sección 3. Modificación de la Ley 9/2000, de 7 de julio, de regulación de la publicidad dinámica en Cataluña

Art. 61

En vigor desde 7 oct 2010
Se modifica la letra a) del apartado 1 de artículo 10, que pasa a tener la redacción siguiente: «a) El decomiso del material de promoción o publicitado, si se trata de una actividad no permitida o no comunicada, o bien se considera que esta medida resulta necesaria con el fin de impedir la comisión o la continuación, en caso de que se haya detectado una infracción.»
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eli/es-ct/dlg/2010/10/05/3#art-61

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