Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 6

7-1

En vigor desde 1 abr 2025
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por parte de la Agencia Tributaria de Cataluña, de los servicios de gestión y aplicación del recargo municipal del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, incluidas las actuaciones de comprobación y recaudación, tanto en fase de recaudación voluntaria como ejecutiva. Se añade por el de la Ley 2/2026, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-2026-6642

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DOGC-f-2008-90017#art-6-31

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