Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 6
227 / 11257-1
En vigor desde 1 abr 2025
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por parte de la Agencia Tributaria de Cataluña, de los servicios de gestión y aplicación del recargo municipal del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, incluidas las actuaciones de comprobación y recaudación, tanto en fase de recaudación voluntaria como ejecutiva.
Se añade por el de la Ley 2/2026, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-2026-6642
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-6-31