Título CAPÍTULO II

Art. 26

2-2

En vigor desde 24 mar 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas extranjeras en cuyo favor se conceden las autorizaciones de trabajo, salvo el caso de las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena en la que el sujeto pasivo es el empleador o empleadora, o el empresario o empresaria, que quiere contratar el trabajador extranjero o la trabajadora extranjera, y en el supuesto de relaciones laborales en el sector de servicio doméstico de carácter parcial o discontinuo y en el sector agrario de carácter discontinuo, en que debe serlo el mismo trabajador o trabajadora. Es nulo cualquier pacto mediante el cual el trabajador o trabajadora por cuenta ajena asume la obligación de abonar todo o una parte del importe de las tasas establecidas. Se modifica por el art. 51 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 . Se añade por el de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-737 .

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-26-6

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