Título Tasa por actuaciones de control y de inspección respecto a las actividades de prestación de servicios de comunicación audiovisualCapítulo CAPÍTULO III

Art. 24

3-1

En vigor desde 1 ene 2009
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por el Consejo del Audiovisual de Cataluña de las actividades en materia de supervisión y de control necesarias para ejercer la potestad de inspección y de control que establece la letra g del artículo 115 de la Ley 22/2005, de acuerdo con lo establecido por el artículo 116 de dicha ley. Se añade por el de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1257 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-24-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil