Título TÍTULO XXIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 23

1-6

En vigor desde 31 ene 2014
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.1-3, los ingresos derivados de la tasa quedan afectados a la financiación del coste de los servicios sociales prestados por el departamento competente en materia de servicios sociales. Se añade por el art. 94 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-23-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil