Título Tasa por el servicio de acreditación y reacreditación de la formación sanitaria›Capítulo CAPÍTULO XXX
Art. 21
30-2
En vigor desde 14 mar 2015
Son sujetos pasivos de la tasa las empresas titulares de autorización de comercialización de medicamentos de uso humano que tengan la sede social o el sistema de farmacovigilancia situado en Cataluña, así como las empresas de servicios de farmacovigilancia instaladas en Cataluña subcontratadas por los titulares de autorización de comercialización de medicamentos.
Se añade por el art. 47 de la ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-21-135