Título Tasa por el servicio de inspección ambiental de los establecimientos incluidos en el Plan de inspección ambiental de Cataluña›Capítulo CAPÍTULO XXI
Art. 12
21-5
En vigor desde 1 ene 2022
Se establece una bonificación del 75% sobre las cuotas establecidas por el artículo 12.21-4 para los establecimientos que dispongan del certificado de registro en el sistema de gestión y auditoría medioambiental de la Unión Europea (EMAS) y del 50% para los establecimientos que formen parte del Programa de acuerdos voluntarios para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de la Generalidad, siempre que los gestores de este programa hayan validado el inventario de emisiones realizado por el establecimiento y las medidas de reducción asociadas. Estas bonificaciones no tienen carácter acumulativo.
Se modifica por el de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-953 Se añade por el art. 54 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569
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ProDOGC-f-2008-90017#art-12-106