Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

1-4

En vigor desde 31 ene 2014
Las cuotas de la tasa son las siguientes: 1. Escuela Catalana del Deporte. 1.1 Certificado de primer nivel en período transitorio: 20 euros. 1.2 Certificado de segundo nivel en período transitorio: 40 euros. 1.3 Certificado de tercer nivel en período transitorio: 60 euros. 1.4 Duplicado de certificados de cualquier nivel: 20 euros. 1.5 Duplicado de certificado de formación continuada: 20 euros. 2. Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña 2.1 Certificado de reconocimiento de cursos impartidos por otras entidades: 60 euros. 2.2 Duplicado de documento del Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña o de cualquier procedimiento vinculado (habilitación, validación): 20 euros. Se añade por el art. 50 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 . Se deroga por la disposición derogatoria.1.c) de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-737 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-11-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil