Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 1

2-14

En vigor desde 28 jun 2008
El sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o los servicios gravados.

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-1-18

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