Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Modalidad de «transmisiones patrimoniales onerosas»

Art. 30

En vigor desde 30 oct 2014
Se fija el tipo de gravamen del 3 por ciento en aquellas transmisiones onerosas de una explotación agraria prioritaria familiar o asociativa situada en el Principado de Asturias, por la parte de la base imponible no sujeta a reducción de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, siempre y cuando se cumplan los requisitos formales exigidos en la mencionada ley.
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eli/es-as/dlg/2014/10/22/2#art-30

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