Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 18 abr 2008
Se crea la Comisión técnica de inspección de núcleos zoológicos con fauna salvaje con el fin de velar para que las instalaciones sean seguras para las personas y los animales y para que los núcleos zoológicos cuiden del bienestar de los animales. Se deben establecer por reglamento las funciones y el régimen de funcionamiento de esta comisión.

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DOGC-f-2008-90016#disposicion-adicional-primera

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