Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 21 jul 2001
1. El Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma tiene como función recoger, seleccionar, conservar y hacer accesibles los fondos documentales de la misma que, siendo susceptibles de utilización administrativa, no sean de consulta habitual.
2. Reglamentariamente se regulará la formación, organización y utilización del Archivo.
3. Las normas sobre el ejercicio por los ciudadanos del derecho de acceso a los archivos y registros se aplicarán también a los documentos contenidos en este Archivo.
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ProBOA-d-2001-90002#disposicion-adicional-cuarta