Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 19
En vigor desde 21 jul 2001
1. Los Jefes de Servicio serán nombrados por el Gobierno de Aragón, a propuesta del titular del Departamento, entre funcionarios de carrera de nivel superior.
El sistema de provisión de las Jefaturas de Servicio será establecido por la legislación sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma.
2. Las decisiones administrativas de los Jefes de Servicio adoptarán la forma de Resolución.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2001-90002#art-19