Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 28 jun 2018
Los límites económicos de los ingresos anuales de la unidad familiar vinculados al IPREM, establecidos para la aplicación de las deducciones previstas en los artículos 5 y 6.1 de la presente Ley, tendrán efectos desde el 9 de agosto del año 2016, fecha de entrada en vigor del Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
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ProBOJA-b-2018-90363#disposicion-transitoria-primera