Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 48
DerogadoEn vigor desde 6 may 2017
1. El personal de cada servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento se estructura en las subescalas y categorías siguientes:
a) Subescala técnica, que comprende las categorías de inspector o inspectora y subinspector o subinspectora.
b) Subescala operativa, que comprende las categorías de oficial, suboficial, sargento, cabo y bombero.
2. Asimismo podrá contratarse personal laboral para integrar unidades de apoyo o servicio técnico o para la ejecución de campañas de temporada.
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Proeli/es-pv/dlg/2017/04/27/1#art-48