Libro ANEXOTítulo TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 4 ago 2016
La coordinación de las Administraciones públicas de Aragón en relación con el turismo podrá llevarse a cabo por el Gobierno de Aragón mediante la constitución de los correspondientes órganos de cooperación.

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BOA-d-2016-90440#art-11

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