Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 1 ene 2015
1. Se establece una bonificación del diez por ciento para los grandes establecimientos comerciales no situados en núcleos urbanos a los que se acceda con, al menos, dos medios de transporte público de distinta naturaleza además del vehículo privado. 2. Se establece una bonificación para los grandes establecimientos comerciales que lleven a cabo proyectos de protección medioambiental por el importe de los mismos, con el límite del diez por ciento de la cuota. Gozarán de esta bonificación aquellos proyectos considerados adecuados por la Consejería competente en materia de protección medioambiental.
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eli/es-as/dlg/2014/07/23/1#art-31

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