Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 33
En vigor desde 1 ene 2015
1. La gestión e inspección del impuesto corresponde al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
2. Los ayuntamientos colaborarán trasladando al Ente Público los datos requeridos para la gestión e inspección del impuesto.
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Proeli/es-as/dlg/2014/07/23/1#art-33