Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA DEL PAÍS VASCOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 33

En vigor desde 20 may 2014
La composición del Patronato se desarrollará en el decreto de declaración de parque natural, que también especificará la composición de la Comisión permanente y sus funciones. Los Patronatos estarán integrados como mínimo por representantes del Gobierno Vasco, de los Departamentos gestores del parque natural de las Diputaciones Forales afectadas, de los Ayuntamientos y entidades locales afectadas, las personas titulares de derechos afectados, de las asociaciones con una trayectoria acreditada en el estudio y protección del medio ambiente, de los sindicatos agrarios y de las asociaciones de propietarios forestales.
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eli/es-pv/dlg/2014/04/15/1#art-33

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