Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
En vigor desde 12 ene 2013
Las Universidades andaluzas, en colaboración con la Consejería competente en materia de Universidades, impulsarán líneas de actuación destinadas a favorecer la formación y cualificación profesional continuada de los miembros de la comunidad universitaria, su movilidad y el incremento de las relaciones interuniversitarias, así como su plena integración en el Espacio Europeo de Educación Superior.
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ProBOJA-b-2013-90010#art-33