Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias
Art. 36
En vigor desde 19 sept 2013
Quedan exentos del pago de la tasa los supuestos previstos en la normativa estatal y la celebración de rifas y tómbolas por entidades sin fines lucrativos cuando el valor de los premios ofrecidos no exceda de 3.000 euros.
Tus anotaciones
ProBOCL-h-2013-90254#art-36