Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Concepto donaciones
Art. 18
En vigor desde 19 sept 2013
En la donación realizada al patrimonio protegido de las personas con discapacidad, constituido al amparo de la Ley 41/2003, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad, respecto de la parte de aquellos bienes y derechos sujetos a este impuesto, se aplicará una reducción del 100 por 100 del valor de los mismos, con el límite de 60.000 euros.
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ProBOCL-h-2013-90254#art-18