Capítulo CAPITULO III
Art. 13
En vigor desde 20 mar 2012
La base liquidable se obtendrá aplicando a las unidades contaminantes que constituyen la base imponible las siguientes reducciones:
a) SO x : 150 toneladas/año.
b) NO x : 100 toneladas/año.
c) CO 2 : 100 kilotoneladas/año.
Se renumera el como 13 por el .2 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2012-5203
Tus anotaciones
ProBOA-d-2007-90039#art-13