Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 39
En vigor desde 1 ene 2023
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
– Con requisito de titulación: 19,78.
– Sin requisito de titulación: 7,82.
Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 15/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3620
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2007-90050#art-39