Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional undécima

En vigor desde 31 dic 2006
El Gobierno de Aragón prestará asesoramiento técnico a las comarcas en todos aquellos aspectos encaminados a garantizar la transición al nuevo marco competencial. En particular, se prestará asesoramiento, a petición de las Administraciones comarcales, en materia de tramitación, gestión e informatización de los procedimientos administrativos.

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BOA-d-2006-90038#disposicion-adicional-undecima

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