Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 76

En vigor desde 29 jun 2005
La Ley de Presupuestos Generales fijará el importe total de los avales que haya de prestar en cada ejercicio la Comunidad Autónoma, directamente o a través de sus entidades o empresas públicas, así como el límite máximo que, con respecto al importe total autorizado, pueda alcanzar individualmente cada aval.
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eli/es-ib/dlg/2005/06/24/1#art-76

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