Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 259
En vigor desde 9 ene 2006
1. La aprobación de los citados proyectos implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes a los fines de expropiación y de ocupación temporal.
2. La declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación se referirá también a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones de obras que puedan aprobarse posteriormente.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2005-90022#art-259