Título GRUPO 7›Capítulo T762
Art. 5
DerogadoEn vigor desde 28 dic 2004
Quedan exentas las inmersiones para las que se acredite ante el órgano competente para conceder la autorización de inmersión, una finalidad científica o de investigación.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-5-44