Art. 5
Título GRUPO 7Capítulo T762

Art. 5

Derogado360 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
Quedan exentas las inmersiones para las que se acredite ante el órgano competente para conceder la autorización de inmersión, una finalidad científica o de investigación.

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-5-44