Título GRUPO 7Capítulo T720

Art. 2

En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa los titulares de las explotaciones o propietarios de productos agrarios que soliciten y den lugar a la prestación de los trabajos y servicios que constituyen el hecho imponible.

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BORM-s-2004-90027#art-2-53

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