Art. 2
Título GRUPO 7Capítulo T720

Art. 2

327 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa los titulares de las explotaciones o propietarios de productos agrarios que soliciten y den lugar a la prestación de los trabajos y servicios que constituyen el hecho imponible.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-2-53