Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XCIV

Art. 470

En vigor desde 10 jul 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, entre cuyos fines se contemple la realización de actividades organizadas para la prestación de servicios sociales a través de un servicio de acción social y ejerzan éstas mediante uno válidamente comunicado a la Consejería competente en materia de servicios sociales. Se añade por el .23 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-470

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil