Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO LXXXIV

Art. 423

En vigor desde 10 jul 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que efectúen las notificaciones que, en relación con los complementos alimenticios, se describen en el artículo anterior. Se añade por el .13 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 .

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Pro

eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-423

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