Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LXXXII
Art. 412
En vigor desde 1 ene 2011
Constituye el hecho imponible de la tasa tanto la solicitud de instrucción de expedientes relacionados con entidades deportivas como la solicitud de cualquier información, informe o publicidad de datos que obren en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Se añade por el .9 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-8629 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-412