Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XLVIII

Art. 251

En vigor desde 1 ene 2009
Constituye el hecho imponible de la tasa: 1. Las autorizaciones previas de instalación, de modificación, definitiva de funcionamiento y de renovación de establecimientos de óptica y secciones de óptica en oficinas de farmacia. 2. La diligencia de libros registro de prescripciones ópticas y registro de Directores Técnicos y sustitutos Se modifica por el .13.2 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514 . Se modifica por el .6 de la Ley 4/2006, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-9769 .

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Pro

eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-251

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