Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XLVIII
Art. 251
255 / 565En vigor desde 1 ene 2009
Constituye el hecho imponible de la tasa:
1. Las autorizaciones previas de instalación, de modificación, definitiva de funcionamiento y de renovación de establecimientos de óptica y secciones de óptica en oficinas de farmacia.
2. La diligencia de libros registro de prescripciones ópticas y registro de Directores Técnicos y sustitutos
Se modifica por el .13.2 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514 . Se modifica por el .6 de la Ley 4/2006, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-9769 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-251