Capítulo CAPÍTULO 4

Art. Disposición adicional

Derogado
En vigor desde 10 jun 1993
Lo que prevé esta Ley se entiende sin perjuicio de lo que establece la legislación sectorial correspondiente en relación con la dispensa o la venta de determinados productos o mercancías y la prestación de determinados servicios.

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DOGC-f-1993-90001#disposicion-adicional

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