Capítulo CAPÍTULO 4
Art. Disposición adicional
DerogadoEn vigor desde 10 jun 1993
Lo que prevé esta Ley se entiende sin perjuicio de lo que establece la legislación sectorial correspondiente en relación con la dispensa o la venta de determinados productos o mercancías y la prestación de determinados servicios.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-1993-90001#disposicion-adicional