Libro Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Cuota tributaria
Art. 34
En vigor desde 18 jun 1999
Las anotaciones preventivas que se practiquen en los Registros Públicos tributarán al tipo de gravamen del 0,50 por ciento, que se liquidará a metálico.
Tus anotaciones
ProBON-n-1999-90001#art-34