Libro Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Cuota tributaria
Art. 34
41 / 65En vigor desde 18 jun 1999
Las anotaciones preventivas que se practiquen en los Registros Públicos tributarán al tipo de gravamen del 0,50 por ciento, que se liquidará a metálico.
Tus anotaciones
ProBON-n-1999-90001#art-34