Libro LEY HIPOTECARIATítulo TÍTULO X

Art. 268

En vigor desde 20 mar 1946
La Dirección podrá acordar y practicar, directamente o mediante delegación, las visitas de inspección a los Registros que considere convenientes para conocer el estado en que se encuentren, bien generales a todo el Registro bien parciales a determinados libros o documentos del mismo.
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eli/es/d/1946/02/08/(1)#art-268

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