Libro REGLAMENTO DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN FORZOSATítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª De las expropiaciones por causa de obras públicas

Art. 120

En vigor desde 10 jul 1957
Los Ingenieros Jefes de los Servicios respectivos de Obras Públicas asumirán las facultades a que se refiere el artículo 98 de la Ley.
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eli/es/d/1957/04/26/(1)#art-120

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