Libro LIBRO II›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Normas generales
Art. 264
DerogadoEn vigor desde 2 abr 1962
El régimen económico y jurídico de los aprovechamientos en los montes del Estado, o consorciados con él, se ajustarán a las normas establecidas en la Ley del Patrimonio Forestal y, subsidiariamente, a las generales de contratación administrativas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1962/02/22/485#art-264